Mediante Decreto Ejecutivo No.1030 suscrito el 4 de mayo de 2020, el Presidente de la República dispuso lo siguiente:
1. Ampliación del diferimiento del pago de impuesto a la renta e IVA para pequeñas y medianas empresas.- Podrán acogerse a los beneficios del artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 1021 para las pequeñas o medianas empresas dedicadas a cualquier actividad económica, salvo aquellas que al 01 de abril del 2020 hayan tenido registrado en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) como actividad económica principal a las actividades financieras y de servicios auxiliares de servicios financieros.
2. Diferimiento de cuotas RISE.- Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo Simplificado (RISE) podrán pagar las cuotas correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de acuerdo al siguiente calendario:
CUOTA RISE A PAGAR EN EL MES DE: | MES DE PAGO |
Marzo 2020 | Junio 2020 |
Abril 2020 | Julio 2020 |
Mayo 2020 | Agosto 2020 |
3. Ampliación de pagos del Impuesto Anual de Vehículos y Revisión Vehicular.- Los vehículos cuyos vencimientos correspondan a los meses de marzo y abril, podrán hacerlo de acuerdo al siguiente calendario:
VENCIMIENTO EN EL MES DE: | PAGO DEL IMPUESTO |
Marzo 2020 | Hasta el mes de Junio 2020 |
Abril 2020 | Hasta el mes de Julio 2020 |
4. Intereses pagados hasta la fecha no generan pagos indebidos.- Los intereses relacionados con las obligaciones tributarias materia de las mismas, que se hubieren cancelado hasta la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, no generarán pagos indebidos a favor de los contribuyentes.
5. No aplicación de beneficios para paraísos fiscales.- Los beneficios previstos en esta normativa no son aplicables a aquellos contribuyentes que durante la declaratoria de excepción despidan intempestivamente a sus trabajadores.
Licto Abogados Copyright © 2024. Todos los derechos reservados.
4 thoughts on “Boletín Informativo LA-2020-12: Se amplía el diferimiento de pago de impuesto a la renta e IVA para pequeñas y medianas empresas y los plazos para pago de cuotas de RISE y matriculación vehicular”
Gracias por su ayuda en guiarnos con los cambios que surgen en este crisis general.
Les felicito.
Estimada Jenny, muchas gracias por su comentario.
En Licto Abogados, estamos para servirle. Si tiene alguna duda adicional, no dude en comunicarse con nosotros.
Gracias por mantenernos informados de las disposiciones que se van generando día a día y que debemos poner en práctica.
Estimada Delcy, muchas gracias por su comentario.
Día a día tratamos de mejorar nuestro servicio. Si tiene alguna consulta en particular, le animamos a que se ponga en contacto con nosotros.
En Licto Abogados, estamos para servirle.
Comments are closed.