Mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2020-077, el Ministro del Trabajo
dispuso varias medidas, entre ellas: reducción, modificación o suspensión de la jornada de trabajo, cumpliendo con los requisitos señalados en dicho
normativa, a fin de garantizar la salud de los trabajadores y servidores públicos
Por otro lado, otras entidades públicas han decretado la suspensión de
actividades y de los términos para la tramitación de casos:
- El Servicio de Rentas Internas dispuso la suspensión de los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos
de prescripción de la acción de cobro, por el periodo comprendido entre el 16 al 31 de marzo de 2020. - El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador suspendió los plazos y
términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos
de prescripción de las acciones de cobro, del 17 al 31 de marzo de 2020. - La Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, suspendió
los plazos y términos de todos los procesos administrativos, coactivos,
tributarios y de prescripción de la acción de cobro, y en general de todo proceso que sea competencia de la institución, del 16 de marzo al 16 de abril. Además, dispuso la prórroga de 30 días para la presentación de estados financieros y demás documentos con respecto al ejercicio fiscal 2019, hasta el 30 de mayo de 2020. - El Consejo de la Judicatura suspendió la atención al público mientras
dure el estado de emergencia sanitaria, y se suspendieron los plazos y
términos previstos en la Ley para los procesos judiciales.
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